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En el contrato no se especifica duracion ni limite de tiempo, y los inquilinos me van pagando mas o menos, pero ahora mismo tengo necesidad de el. Gracias.
Coincido con el compañero, con la importante matización de que sinos inquilinos no se conforman con esa "rescisión" unilateral de su parte, tendrá Vd. Que acudir al juzgado para expulsarlos del inmueble.
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César Latorre: supongo que pactaron una renta mensual y que el pago es mensual. En ese caso, como no se ha establecido ninguna duración, su contrato se encuentra en lo que se llama "tácita reconducción", es decir, una serie de "pequeños" contratos mensuales que se van sucediendo.
Por lo tanto puede rescindir ese contrato cuando quiere sin más que preavisar a los inquilinos con (por ejemplo) un mes de antelación. Con eso sobra.