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Me podéis ayudar? gracias.
Al inquilino le tienes que repercutir el IVA (cobrárselo) y él te tiene que retener a cuenta del IRPF. La factura "tipo"podría ser:
Arrendamiento mes: ... 1.000,00
IVA (18%): ............. 180,00
Retención IRPF (19%) .. -190,00
TOTAL A PERCIBIR ....... 990,00 euros.
Trimestralmente, los días 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 31 de enero, deberás de presentar el modelo 303, autoliquidación del IVA correspondiente a cada uno de los trimestres, para ingresar en la Hacienda ese IVA que cobras. El inquilino deberá de hacer lo mismo con las retenciones, en este caso el modelo 110.