La junta Ofrece una Subvención de 6.000€ a fondo perdido, si los propietarios de viviendas vacías, la incorporan a las bolsas que tienen las Agencias de Fomento del Alquiler, por un periodo mínimo de 5 años.
La Junta de Andalucía no protege al propietario por los perjuicios que le pueda ocasionar el inquilino, tales como la falta de pago, vandalismo y demás.
Lo que sí fomenta es la contratación de un seguro de protección de pagos, ese seguro va en función a la renta que se cobra al inquilino.
Este seguro no es obligatorio contratarlo, pero si no se contrata hay que firmar una renuncia como que el propietario es conocedor de él y prefiere no contratarlo.
La tramitación se tiene que hacer en una AFA, Agencia de Fomento del Alquiler, que son inmobiliarias homologadas por la Junta de Andalucia.
Para saber el valor máximo puedes consultar el siguiente enlace, donde aparecen los valores máximos por municipios y la forma de cálculo de la renta máxima.
http://www.alquilersubvencionado.com/ambitos_territoriales.html Un Saludo