Es que
esoque te pide el casero no es un Aval bancario, es una garantía en efectivo (como una ampliación de la fianza)
El Aval lbancario es lo que tú decías.
Es completamente legal, la LAU lo contempla en el artículo 36 (punto 5)
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_36
Pero si a ti te parece abusivo ofrécele el aval bancario o el aval personal (un fiador que tenga vivienda propia).
Eso sí, si no llegáis a un acuerdo, al final tendrás que buscar otro piso.