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Tengo una casa en alquiler y estoy pensando alquilarsela a una pareja joven que ahora mismo no tienen trabajo ninguno de los dos pero por una indemnizacion tienen dinero en el banco. Me han dicho que me pagan 6 meses de golpe y despues los otros 6 meses restantes. Hay alguna clausula o algun dato que deba poner en el contrato para poder echarles si llegado el momento no me pagan el resto?
Por otra parte quieren hacer el contrato "legal" para poder pedir la ayuda del alquiler pero no se tengo que hacer
Gracias por ayudarme
Hola Maria:
Coicincido con la respuesta del sr javiersantander.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Yo haría lo que te han respondido en el primer post. y si te ponen alguna pega, comentales que uno de los requisitos para tener ayudas es que se pague el alquiler mensualmente por tranferencia bancaria.. Así veran que vas a buenas con ellos y podrán pedir las ayudas
1º. - en el contrato no puede exigir el pago de más de una renta pero el arrendatario sí puede pagar más de una renta.
2º. - Como en alquiler de vivienda una mensualidad es obligatoria y puede exigir otras garantías también puede proponer mes de fianza y 6 meses de garantía ( o más meses), además de la primera mensualidad del alquiler. si al segun do mes no paga comunicaría el impago por burofax con acuse de recibo y certificación de texto haciendo constar que si transcurrido un mes de fecha del burofax no paga se irá al desahucio y dará lugar al desalojo de la vivbienda. Transcurrido el mes aunque quiera pagar en el juzgado, no se lo aceptan ( si transcurrio un mes del burofax con acuse. )
3º. - si paga mes a mes no tiene ningún problema.
4º. - Aunque el contrato se haga por x tiempo ( normalmente un año) se prorroga sin hacer nada hasta los 5 años a menos que el inquilino comunique por burofax con acuse y certificación texto su intención de marchar 30 dias antes de finalizar cada anualidad o prórroga. Antes no puede rescindir el contrato, sólo un juez. Antes de hacer el 5º año puede comunicar rescisión del contrato por burofax con acuse y certificación texto 30 dias antes de cumplir el 5º año.
5º Hacer cambio de titularidad, las facturas que estén a su nombre. Así en caso de impago a usted no le afecta.
6º. - el contrato es válido siempre. Legal exige deposito una mensualidad de fianza en organismo de Comunidad Autonoma.
7º. - si usted viviera fuera por trabajo, etc de donde tiene el piso podría figurar una cl´çausula de necesidad para sí o allegados.
por mucha cláusula que se ponga si no pueden pagar no pagan. si tiene sentencia por impago de un juez y cambia su situación económica tiene 15 años para pedir ejecución de sentencia y embargar nóminas,propiedades,. Vehículos,.
saludos,
en mi opinion seria mejor garantia que te den 6 meses de deposito y te paguen cada mes.
Si no te pagan tienes que poner una demanda por impago y esperar el juicio y el desahucio, y eso suele tardar sobre 6 meses (depende de lo "atascado" que esté el juzgado). No existe otra forma legal de echar a un inquilino que no paga.
para hacer un contrato legal basta con que tenga las firmas del arrendador/es y arrendatario/s.
Te recomiendo que acudas a un abogado para que te asesore y redacte el contrato. En este mismo foro hay algunos que lo hacen y los precios son muy asequibles.
Debes saber que mientras paguen pueden estar hasta 5 años (aunque el contrato sea de 1 año se prorroga por años POR LEY hasta 5 si el inquilino no quiere irse antes. En ese tiempo tu no les puedes echar.