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En 2010 firmamos contrato de alquiler urbano por cinco años, a transcurridos 2 años y medio, pretende volver a vivir en el inmbueble, lo que me obliga a alquilar otro piso con todos los gastos que ello implica.
Hola lutana:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Aún cuando existiera esa clausula de necesidad la razón invocada "porque quiere volver a vivir en la propiedad alquilada" es muy dificil que prospere ante un Juez si su abogado se opone formalmente, ya que el cumplimiento de un contrato no puede dejarse a la voluntad de una de las partes.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hay una excepción que le permite recuperarla,
Que en el contrato se haya hecho constar expresamente la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial (art 9.3 LAU 1994).