Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Quiero alquilar la vivienda por plazos anuales hasta 5 años como marca la ley, pero quisiera añadir una claupsula personal y no se si es viable o legal:
Puedo como arrendador, por necesidad, volver a poner mi residencia habitual en el domicilio alquilado, como afectaria al contrato de alquiler, puedo añadirlo al contrato o ya de por si seria legal
Hola akbrad:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Estaría bien que añadieras el motivo por el cual podrías necesitar establecer tu residencia ahí y, por tanto, invocar la cláusula de necesidad.
por ejemplo, si te trasladaran por trabajo a la "ciudad del piso".
saludos - Papeleos Alquiler.
La necesidad del arrendador es un Concepto jurídico indeterminado, es decir en cada caso deberá ser invocado y acreditado ante el Juez, si el inquilino no la reconoce.
Entiendo que lo recoge la ley, pero los motivos tienen que ser divorcio, adopcion o simplemente para establecer mi residencia ahi me vale?
Debes especificar el motivo por el cual puedes volver a necesitar la vivienda, y luego tendrás que ocuparla en los siguientes tres meses.
Es aconsejable que esa cláusula la realice un abogado experto en la materia para evitar posibles problemas
Debes añadirlo al contrato.
el artículo 9-3 de la LAU recoge el supuesto que planteas.
en el contrato de arrendamiento de vivienda de mi página web, verás un ejemplo de cláusula de necesidad.
saludos - Papeleos Alquiler.