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Cuando el arrendador, de común acuerdo con el inquilino, baja el alquiler estando todavía vigente el contrato. ¿Es obligado que el arrendador devuelva al arrendatario la diferencia en la fianza, en la cantidad que ha bajado el alquiler, siendo la fianza de un mes?
Por otra parte la LAU dice que durante los primeros 5 años de contrato no es necesario actualizar la fianza. Será al prorrogar el arriendo, si eso ocurriera, cuando una parte podría exigir a la otra igualar la fianza a un mes de la renta de ese momento.
Saludos - Papeleos Alquiler
¿Qué han acordado?, pues es de común acuerdo que lo han negociado.
Si no han negociado nada, negocien qué quieren hacer a ese respecto.
En cualquier caso, la fianza sobre posibles daños en la vivienda no tiene porqué obligatoriamente ser un mes de alquiler.
Saludos cordiales.