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llevan en èl 4 meses.
Hola Pedro:
Coincido con las repuestas de los dos foristas anteriores.
Reciba un cordial saludo
Tienes que esperar a que termine la anualidad.
Pero hay más. Si es contrato de vivienda, y no contiene la "cláusula de necesidad", deberás esperar hasta 4 años más, (la ley concede hasta 4 prórrogas anuales. Optativas para el inquilino y obligatorias para el casero)
Siempre puedes utilizar la renta que recibes para que tu hijo se alquile otro piso.
Y la otra opción es incentivar económicamente al inquilino, con una cifra ante la que acceda a dar por terminado el arriendo.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Si no tuvo la previsión de expresar esa necesidad en el contrato debe esperar o intentar una salida pactada con el inquilino.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente