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Tengo un apartamento comprado a medias con mi hermana. Ahora está alquilado y es ella la que recibe la totalidad de la renta del inquilino. ¿Tengo yo la mitad de esa renta como ingresos? Reitero que yo no percibo nada ni se me ingresa en mi cuenta corriente ninguna cantidad. Gracias
No es obligatorio formalizar esa CB pidiendo el CIF, puede seguir funcionando con imputación a cada uno de su parte, ya se ve por el,ejemplo del consultante
La Agencia Tributaria lo tramita, supongo que será obligatorio si lo hace.
¿correcto?
Me gustaría saber si es obligatorio.
hacienda ya sabe quiénes somos las propietarias del piso.
Sí Amparo, te ocasionará alguna pequeña molestia de administración, pero es lo correcto declarar la C.B. en Hacienda.
Me gustaría deshacer un malentendido muy habitual, cuando hay una copropiedad sobre un inmueble ya existe la comunidad de bienes sobre ese bien, lo que se hace dando el alta es solicitar un CIF para unificar los ingresos y gastos, nada más.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Piscis Tres
Yo soy copropietaria con mi hermana de un apartamento que alquilamos
Y no nos hemos dado de alta en ninguna parte
Simplemente cada una declaramos la mitad de los ingresos en nuestra declaración de IRPF
¿Estás seguro de que es necesario constituir comunidad de bienes?
Hola Hiri .- entiendo y comprendo lo que dices, solamente teneis que cumplir un pequeño trámite.
Ambas copropietarias, teneis que constituir una comunidad de bienes ante Hacienda, solamente cuesta el valor del impreso, y con ello podreis disponer de un número de identificación fiscal, todas la rentas de ese apartamento se declaran con el nº fiscal de la C.B. y luego se imputan al 50% a cada una de las hemanas en su respectiva declaración de IRPF
Que una no perciba nada, por lo que sea, resulta indiferente a Hacienda, pero pese a no percibir nada, tributará como si lo percibiera.
Veras hiri: es que si tu eres co-propietaria y tu hermana alquila el piso, y tu no te opones (no sólo no te opones sino que incluso lo aceptas para darle a tu hermana la mitad del dinero de la renta) entonces tú misma te convierts en co-arrendadora aunque no hayas firmado el contrato.
Sería un caso de consentimiento tácito. Precisamente la semana pasada estábamos discutiendo este mismo tema en este foro.
Por tanto, lo creas o no, tú eres coarrendataria junto con tu hermana. Si Hacienda se interesa por la cuestión te van a decir esto mismo o algo parecido.
¿es Ud. Copropietaria de la vivienda?
Iguyal no me expreso bien, pero la arrendadora es mi hermana. Yo no aparezco en el contrato de arrendamiento.
hiri: vuelvo a repetirle lo de antes: todo lo que nos dice son acuerdos a los que Ud. llega con su hermana, pero no con Hacienda. La AEAT le liquidará a Ud. como lo que Ud. es: propietaria y arrendataria. Si Ud. le dona el alquiler a su hermana, entonces eso es un negocio entre Ud. y su hermana que de hecho sería una donación que devengaría el impuesto de sucesiones y donaciones y que tendría que pagar su hermana. Pero todo eso no cambia la configuración legal de sus impuestos que tiene Ud. que pagar.
No lo tiene que entender. Es mi hermana, necesita el dinero más que yo y la quiero.
Lo que no entiendo es como, teniendo derecho a la mitad de ese alquiler, renuncias a reclamarlo.
pedro Martínez
Abogado
El contrato lo firmo ella. Esto es la clásica herencia que se reparte por mitades. Yo no veo un duro