Buenos días, Ana.
No tienes que retirar la fianza, aunque si ambos quieren aplicarse la deducción por arrendamiento, sí que deberás señalar en el incasol que se ha producido una novación subjetiva del arrendamiento.
No es necesario firmar un nuevo contrato, basta con un anexo en el que se especifique que, por expreso deseo de la arrendataria, las partes han acordado incluir como parte arrendataria a XXX. Además, es imprescindible que especifiques el régimen de responsabilidad que ello supone, y que pongas que ambos responderán solidariamente ante el arrendador.
Un saludo,
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