Lupesa, contesto por orden a sus preguntas. 1.- : Tal como relata los hechos esa persona no ha cometido allanamiento de morada. 2.- : Necesitará o no esa autorización dependiendo de si se ha reservado o no en el clausulado del contrato la posibilidad de visitar las zonas comunes de la vivienda, con el fin de atender a su mantenimiento. 3.- : Reitero lo anterior, morada puede considerarse la habitación que cada uno ocupa. 4.- : Parece que debería actuar la persona amenazada dependiendo de la gravedad de esas amenazas. Debería leer esto enlaces
Diccionario Jurídico del Alquiler - Allanamiento de morada ¿Puede el Presidente de la Comunidad invocar error en un allanamiento de morada? Delito de usurpación de inmuebles Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/