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Buenas noches, ¿me podría alguien asesorar sobre como proceder para alquilar por habitaciones? es decir, el dueño o vivirá en el piso será todo para los inquilinos pero no quiere hacer un alquiler del piso sino por habitaciones aunque evidentemente, disfrutaran de todo el inmueble.me gustaria saber que diferencias hay entre - un contrato para el piso y para habitaciones. -que tipo de contrato? es mejor hacerlo en gestaría? -que representaría a la hora de la declaración de hacienda? -a que se expone el dueño sino hiciese contratos como la mayoría? -se debe pedir depósito igualmente? -que ventajas y contras hay de alquilar de esta forma? -con cuanto tiempo se ha de avisar al inquilino para que se marche? -y en caso de que el dueño necesite el piso con cuanto tiempo avisar a ellos? -en caso de que no paguen la mensualidad como proceder? En definitiva, agradecería asesoramiento sobretodos los aspectos. Muchas gracias.saludos.