La LAU, en su artículo 21, apartado 4, dispone " Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario."
Y desde luego no parece muy discutible que sustituir las bombillas no sea una pequeña reparación.
En cuanto al regulador del gas, en mi opinión hay dos posibilidades:
1.- Si está claro que se estropeó por viejo, por desgaste natural. Debería sustituirlo el arrendador.
2.-Si se estropeó por un uso inadecuado, deberá sustituirlo el arrendatario.
Le facilito un enlace donde podrá consultar la vigente LAU,
http://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf El
capítulo IV recoge lo que le he comentado.
Un saludo.