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gema

casero/a

¿Debo pagarle al inquilino las bombillas rotas de la vivienda y el regulador del gas de butano estropeado?
Este mes mi inquilino me ha ingresado menos dinero por estos conceptos detallados y no tengo claro si soy yo la que debe hacerse cargo de ellos.
  • Preguntado por: gema
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Alquilaalive

    casero/a

    Creo que son dos elementos totalmente diferentes. Las viviendas que tengo en alquiler se basan en dos conceptos fundamentales, por un lado el bienestar del-la inquilino-a y por otro evitar problemas o generarlos. Yo pago todo lo que está en el piso y no pongo en duda nada de lo que en él hay porque todo es mío. Lo único que no pago son los elementos que el propio inquilino-a trae consigo. Con ello he conseguido hasta el momento no tener ningún problema. Entrar en detalles y sobre todo coger la ley solo provoca judicializar las relaciones entre propietarios-as e inquilinos sin contar con que la ley pone una cosa pero al final es un juez quien decide, aunque estén en huelga. Un consejo, si crees que han comprado bombillas demasiado caras entonces las compras tú y así te evitas líos, en cuanto a lo del gas sinceramente creo que es tu responsabilidad que algo tan importante como es el regulador esté en condiciones y sobre todo garantice la seguridad de las personas que viven en tu casa. Espero haberte servido de ayuda. Una última cosa...tengo un seguro de hogar a todo riesgo contratado en las casas que tengo alquiladas...
  • Antonio Postigo

    profesional

    La LAU, en su artículo 21, apartado 4, dispone " Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario."

    Y desde luego no parece muy discutible que sustituir las bombillas no sea una pequeña reparación.

    En cuanto al regulador del gas, en mi opinión hay dos posibilidades:

    1.- Si está claro que se estropeó por viejo, por desgaste natural. Debería sustituirlo el arrendador.

    2.-Si se estropeó por un uso inadecuado, deberá sustituirlo el arrendatario.

    Le facilito un enlace donde podrá consultar la vigente LAU,
    http://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf

    El capítulo IV recoge lo que le he comentado.

    Un saludo.
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