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Angelito

casero/a

Soy propietario de un piso en Ciudad Real con su hipoteca que tengo alquilado a un joven de 31 años ¿puedo desgravar?
Por motivos personales he tenido que cambiar de comunidad autónoma y vivienda habitual. He alquilado la que ha sido en los últimos 3 años mi vivienda habitual ya que sigue teniendo hipoteca y no salen las cuentas ... ¿me puedo beneficiar de algo en la declaracion de la renta 2008?
  • Preguntado por: Angelito
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es posible que la AEAT te llame para comprobar que el incumplimiento del plazo está justificado.

    Para deducir por nueva vivienda tienes que descontar las deducciones practicadas en la vivienda anterior.

    Los ingresos obtenidos por alquileres hay que declararlos como rendimientos, tal como señalaba en mi anterior respuesta.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Angelito

    casero/a

    En Mayo 2009 cumple los tres años y solamante he vivido 2 años, entiendo que no hay problema ya que mi condición de estado civil ha cambiado a casado en Julio de 2008 y vivo con mi mujer en una casa que hemos comprado común en Madrid.

    Este año voy a desgravarme de mi nueva vivienda pero ¿tengo que incluir la otra alquilada (sumando los pagos del inquilino como ingresos anuales y por otro lado la suma de los gastos de la hipoteca + ibi + seguros) más o menos sale a la par....

    un saludo
    • Respondido por: Angelito
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay dos cuestiones a considerar:

    Si ha cumplido el plazo de tres años como vivienda habitual deducible.

    Si el inquilino la usa como vivienda habitual, en cuyo caso podrá llevar su renta una cantida negativa, en virtud de la reducción del 100% de los ingresos y la deducción de los intereses.

    A su disposición para cualquier cosa que pueda necesitar.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    Teléfono: 976 399191
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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