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Vicente Roselló Mart

inquilino/a

Me pueden alquiler un piso cuya propietaria y arrendadora sea una mujer mayor ingresada en una residencia por orden judicial

Al parecer los hijos quieren alquilar el piso para sacar unos ingresos y costear los gastos de la madre que esta ingresada en una residencia por orden judicial.

No quieren hacer el contrato legal, solo documento entre nosotros y con confianza, pero no se cómo puede repercutir que yo haga un contrato con una persona mayor sin verla y sin saber si está incapacitada o qué. No quieren ponerse ellos como arrendadores por tema fiscal.

  • Preguntado por: Vicente Roselló Mart
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me parece que los arrendadores andan bastante despistados, si esa Sra. está internada por orden judicial es presumible que se encuentre privada de sus facultades mentales y tenga nombrada por el juez una persona que se encargue de sus intereses, esa persona deberá firmar el contrato de alquiler sin temores fiscales porque Hacienda imputará esos alquileres a la dueña, representada por ella.

    Otra cosa es que no quieran declarar esos alquileres, ese es un riesgo absurdo si Vd. declara esa vivienda como su domicilio Hacienda lo tiene fácil.

    Tampoco entiendo que vd acepte firmar un contrato de alquiler sin la presencia del arrendador, le sugiero la lectura del decálogo del inquilino en el enlace que le dejo.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Alquilar es un acto de pura administración, cualquiera puede aparecer como arrendador. 

    Ahora bien, hay que asegurarse que el arrendador tiene poderes suficientes del propietario para alquilar la vivienda.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

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