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Soy propietaria de un piso que alquilé a partir de septiembre, ya imagino que los gastos de comunidad solo puedo deducirme 4 meses, pero necesitaria saber si el restos de los gastos de conservación y reparación (tengo facturas) , el IBI, el seguro de la vivienda, los intereses del préstamo, la comisión de apertura del préstamo , la amortización, etc. tienen el mismo comportamiento, tengo que prorratearlo todo, o de algún gasto puedo deducir la totalidad.
Muchas gracias
Viri
La comisión de apertura y la amortización de un prestamo no son deducibles como gastos en un alquiler, los gastos periodicos son prorrateables y los que se refieran a un gasto concreto no.
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