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Faltando seis meses ,rompi el contrato,ahora bien,por un problema de humedad,la dueña quiere que le pague el arreglo y la pintura,ya que dice que el mes de deposito se queda ella por la rotura de contrato,antes que finalise dicho contrato;esto es asi,o me puedo negar a pagar dicho arreglo?
Los contratos según art 1256 del CC, "La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes."
Usted rompe el contrato y no puede romperlo, según el artículo anterior. está obligado a cumplir hasta la finalización y suerte tiene que no le demande pidiendole el resto del año. 6 anualidades e intereses, se ha colocado usted en una posicion, que le puede constar dinero siempre que sea usted solvente, un contrato no es papel mojado.
Si se fue sin mas; le pueden exigir el pago de los 6 meses; asique mejor pague la pintura o negocie pagarla a medias; o se verá en un juzgado demandada por impago y teniendo que pagar la deuda y ademas las costas del juicio (que son 4mil euros).
Negocie, llegue a un trato y dejelo por escrito. Sino se expone a una demanda que tiene perdida de inicio.
Pablo.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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Si el problema de humedad lo causó usted tendrá que indemnizar por los daños, y si la cuasa le es ajena pues no.
Adriana Caceres Yo tenía un litro de leche, rompí el envase y perdí la leche ¿eso es así? o tengo derecho a recuperar la leche