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En el contrato ponía expresamente que si me avisaba con 2 meses de antelación y alegaba que necesitaba la vivienda para vivir él o familiar de primer grado, yo me tenía que marchar (cuando el contrato cumpliera 1 año).
Así lo hizo.
Después de abandonar el piso me doy cuenta de que lo ha vuelto a alquilar a otras personas.
¿vale la pena denunciarlo?
He leído en internet que debe indemnizarme con la cuantía de las rentas que falten hasta completar los 5 años que teníamos de contrato (es decir, 4 años de alquiler), además de los costes de mudanza. ¿Es eso cierto?
Muchas gracias de antemano.
A partir de ahora, la asistencia de un abogado en el requerimiento y en su caso, negociación posterior, te será muy beneficiosa.
Entonces su siguiente paso debe ser requerirle el cumplimiento de la ley o bien indemnizarle o volverle a admitir también con indemnización.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
En el contrato había esa cláusula de necesidad y así quedó registrado en el documento de rescisión de contrato y entrega de llaves.
Han pasado 2 meses desde que nos echó y ahora ha vuelto a alquilar el piso. Con lo cual, él ha incumplido la obligación de volver a ese piso en 3 meses. No lo necesitaba para vivir, simplemente, quería otros inquilinos.
Muchas gracias a Pholmo y Piscis, por la rápida respuesta!
Ampliando la acertada respuesta de Piscis añadir que si el contrato era anterior a la reforma de 2013 Vd. no estaba obligada a marcharse si en ese contrato no había una clausula de necesidad, con lo cual es fundamental la pregunta de Piscis ¿Como se documentó esa rescisión del contrato?
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Todo dependerá de la forma en que se documentó esa salida de la vivienda y del tiempo trascurrido desde la misma.
Aclaro que el contrato se realizó antes de la nueva ley de junio de 2013.
con lo cual, ¿tengo derecho a la totalidad de las rentas de esos 4 años restantes de contrato?
¿o aplica la nueva ley y solo tenemos derecho a 1 renta por año hasta completar 3?
muchas gracias!