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Si ambos figuran en el contrato, y resulta que se separan, él se va y decide quedarse ella en el piso, pero no me presenta las suficientes garantías de pago, ¿puedo rescindir ese contrato?
La LAU prevee que en caso de separación de los inquilinos, el contrato de arrendamiento pasará al cónyuge si así lo quiere. Usted no puede rescindir dicho contrato a menos que posteriormente el cónyuge deje de pagar las cuotas de alquiler.
Saludos cordiales.