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Si se descuenta 1000 euros para dejar la casa mas habitable aunque este amueblada. pueden pedir mas dinero porque este segun ellos el wc atascado, salten los plomos al poner 2 radiadores electricos, y haya una plaga de moscas porque la casa sea en un pueblo? y se quejen tambien de que han limpiado mucho la casa y no les da ni tiempo a disfrutarla? y tambien digan que la chimenea no tira bien y que entra el humo para dentro?.
Es un pacto totalmente legal, pero que creo que terminará dándoles los mismos problemas que menciona.
Lo mejor es llegar a un acuerdo para rescindir el contrato o solucionar las quejas que le pertoquen
Lo que se debe hacer es ver el inmueble, muebles y servicios. Una vez visto el inquilino busca desperfectos( eso siempre). Si dentro del importe de la renta el arrendador considera debe subsanarlo, lo hará. Si al enseñarlo ya dijo que el precio es el que es por los desperfectos ( rozadura, azulejo descolorido, cristal algo agrietado) y el arrendatario así lo acepta se figuran en contrato que estaban al inicio de éste. Así el arrendador no podrá reclamar a fin de contrato.
Además puedes poner una cláusula de carencia por si hay algo que haga inhabitable la vivienda e, incluso, grandes desperfectos durante el cual el arrendatario puede comunicarlo y en caso de disconformidad de ambos rescindir el contrato ( 30 dias), transcurrido el cual las reparaciones serán a su cargo.
Un contrato se hace normalmente por un año y sin hacer nada se prorroga hasta 5 años. El arrendador solo puede rescindirlo a los 5 años, salvo cláusula de necesidad para el arrendador o descendientes.
El arrendatario puede rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo y certificacion de texto 30 dias antes de finalizacion anualidad o prórroga quedando el último dia para revision desperfectos,consumos,faltas, firmando ambos el documento final contrato y entrega de llaves con copia para cada uno. Tiene el arrendador un mes para devolucion de fianza descontando importe de desperfectos, previa presentacion de facturas.
La comunicacion por carta,teléfono,emailno es válida y si se hace de forma fehaciente pero en plazo menor a 30 dias ya se ha prorrogadoel contrato por un año mas. Es incumplimiento.
Lo que se debe hacer es ver el inmueble, muebles y servicios. Una vez visto el inquilino busca desperfectos( eso siempre). Si dentro del importe de la renta el arrendador considera debe subsanarlo, lo hará. Si al enseñarlo ya dijo que el precio es el que es por los desperfectos ( rozadura, azulejo descolorido, cristal algo agrietado) y el arrendatario así lo acepta se figuran en contrato que estaban al inicio de éste. Así el arrendador no podrá reclamar a fin de contrato.
Además puedes poner una cláusula de carencia por si hay algo que haga inhabitable la vivienda e, incluso, grandes desperfectos durante el cual el arrendatario puede comunicarlo y en caso de disconformidad de ambos rescindir el contrato ( 30 dias), transcurrido el cual las reparaciones serán a su cargo.
Un contrato se hace normalmente por un año y sin hacer nada se prorroga hasta 5 años. El arrendador solo puede rescindirlo a los 5 años, salvo cláusula de necesidad para el arrendador o descendientes.
El arrendatario puede rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo y certificacion de texto 30 dias antes de finalizacion anualidad o prórroga quedando el último dia para revision desperfectos,consumos,faltas, firmando ambos el documento final contrato y entrega de llaves con copia para cada uno. Tiene el arrendador un mes para devolucion de fianza descontando importe de desperfectos, previa presentacion de facturas.
La comunicacion por carta,teléfono,emailno es válida y si se hace de forma fehaciente pero en plazo menor a 30 dias ya se ha prorrogadoel contrato por un año mas. Es incumplimiento.
ah, perdona, na que se les de 1000 eu para ellos arreglar el wc atascado por ejemplo, y alguna cosa mas k vean en mal estado.
A ver. No entiendo bien la pregunta; pero podrias darles un mes de cadencia o algo asi.
no se si te estoy entendiendo.