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MONTSIÑA

inquilino/a

¿Estoy obligado a pagar el IBI del inmueble que he arrendado si fue acordado en el contrato de alquiler?
Yo creo q no estoy obligado a pagar el IBI lo q pasa es que en el contrato si figura como acuerdo ... ¿es legal q lo tenga que pagar el inquilino?
  • Preguntado por: MONTSIÑA
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Si se pactó en el contrato que usted debe pagar el IBI pues debe hacerlo pues lo establece la LAU de 1994 vigente en su artículo Artículo 20.
    Gastos generales y de servicios individuales.
    1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

    Aquí se habla de tributos, y usted pactó en el contrato el pago del IBI que es un tributo.

    Puede leer más sobre el IBI en mi blog
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/ibi-y-quien-corresponde-pagarlo.html
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Fíjate en lo que dice el art. 20 de la LAU de 1994 y decide tú: "Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
    1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
    En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
    En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración."

    Saludos,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Así es, si en el contrato no figura el importe del último IBI pagado, la cláusula por la que el inquilino debería pagarlo... es nula.
    Es un error en la redacción del contrato que puede suponer un quebranto al propietario.
  • casada288

    inquilino/a

    Tengo el mismo problema... a parte de otros varios... y si no pone el importe anterior, qué pasa? debo pagarlo igual?
  • manuel josé

    casero/a

    Lo paga el propietario pero lo puede repercutir al inquilino si lo hace constar en el contrato de alquiler en una cláusula en la que se recoja también el importe último conocido del IBI.

    Saludos,
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