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Para no tener que exigirles un aval bancario, ¿el contrato debería ser de temporada y sin reflejar que va a ser su vivienda habitual?
¿Si no fuera así, existiría la vinculación a 5 años?
¿Y si quisieran solicitar ayudas al alquiler?
Muchas gracias Amparo BB, siento haberte dado la impresión de querer realizar algo fuera de lo razonable y legal. Tal vez me haya expresado con poca claridad ya que solamente pretendía saber la posibilidad de eliminar riesgos contractuales y como debería ser ajustado a derecho.
Debo decirte que después de infinidad de visitas a mi vivienda, no la he alquilado puesto que nadie me ha podido aportar garantías mínimas para ello, por lo que si es así, prefiero seguir con ella sin alquilar.
Saludos y muchas gracias por tus consejos, como siempre recomendables.
Si la vivienda va a ser su vivienda habitual, el contrato SE PODRÁ PRORROGAR hasta 5 años, aunque ponga que es de temporada.
No sierve estipular cosas en el contrato que no sean ciertas para restringir los derechos de los inquilinos. (Se llama fraude de ley)
Si los inquilinos demuestran que es su vivienda permanente tienen derecho a prórrogas de hasta 5 años.
Si sólo quieres alquilar por 6 meses, busca inquilinos que realmente necesiten la vivienda para 6 meses. (Mira este modelo de contrato:
Contrato de Arrendamiento Temporada (uso distinto vivienda) , y verás claro lo que digo)
Saludos