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Voy al alquilar un piso en Zaragoza y quería asesoramiento sobre mis obligaciones como propietario tanto si lo alquilo con contrato como si lo hago sin contrato. Gracias.
Tus obligaciones como arrendadora no varian en absoluto en ningun caso.
Supongo que como "sin contrato" te refieres a la no existencia de contrato escrito. En el caso de "sin contrato" hay un contrato verbal y es tan legal y válido como el escrito, La LAU no hce diferencias y las obligaciones y derechos son identicos.
La verdad, no entiendo este temor al contrato escrito, el inquilino legalmente puede instar a la formalización del contrato verbal en cualquier momento.