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He tenido que pintar el piso, sacar basura, reponer muebles... ¿Cuánto puedo reclamar?
No hay obligación en españa de entregar el piso pintado y limpio, ni para cuando lo dé en alquiler ni para cuando se lo devuelvan.
Otra cosa sería que en las paredes de la vivienda hubieran pintarrajeado con rotulador, manchado con pintura, hecho un graffiti, etc... De otra forma es un deterioro normal por el uso de la vivienda. Igual puede ser el caso de los muebles. No será lo mismo que un sofá nuevo le hayan acuchillado, que el sofá tenga 15 años y ya esté para "tirar".
Lo de sacar basura ... se refiere a sacar montones de cajas y trastos que han dejado en la vivienda o se refiere que ha barrido y ha sacado mucha "basura" ?
Para reclamar y acceder al piso es imprescindible el Documento de Final Contrato. saludos,
Todo contrato se figura entregar el piso en debidas condiciones y lo firman ambos. Luego ( aunque no sea así), el arrendatario lo recibe en debidas condiciones y usted exigirá lo devuelva así. El Código Civil presupone que lo entrega en debidas condiciones a menos que al principio del arrendamiento ( cuanto antes sea posible) el arrendatario le comunique de forma fehaciente ( burofax con acuse y ......) lo contrario.
1º.- Todo contrato se hace normalmente por un año y sin hacer nada se prorroga sucesivamente hasta los 5 años. Si el arrendatario quiere marchar antes comunica por burofax con acuse de recibo y certificación de texto (correos) 30 dias antes de cada anualidad o notarial o comunicación escrita firmada por ambos y copia para ambos quedando en reunirse el último dia.
2º.- Se reunen, revisan el piso,ven desperfectos,faltas,averias,consumos ( lectura contadores) y figuran todo en un documento final contrato, además de entrega de llaves, firmado por ambos y copia para cada uno.
3º.- Si usted tiene el Documento Final de Contrato y Entrega de Llaves pide presupuestos de todo lo que hay que reparar. Acepta la reparación y, en un plazo de un mes, deduce de la fianza el imporete de estos desperfectos,faltas,averias,consumos, acompañado de facturas que entrega al arrendatario para justificar esos gastos. Si el importe es mayor puede demandarlo por la diferencia si no paga.