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Hola a tod@s, explico mi caso:
Estoy de alquiler en una casa con contrato legal de duración de 5 años (en julio de 2010 hizo el primer año de alquiler). Nuestro arrendador nos dijo en marzo de 2010 que no puede pagar la hipoteca de la casa y que van a embargársela.
Ayer, 25 de octubre de 2010, nos dice que la semana pasada recibió la orden de desahucio y que tiene 10 días para dejar la casa. El plazo termina MAÑANA, 27 de octubre de 2010 (si, el señor no ha tenido tiempo en una semana de decirnos nada [tono irónico]).
A partir de ahora ando un poco perdida por lo que me gustaría que me ayudarais.
Por ejemplo, el tema de la mensualidad, el día 1 tengo que hacer la transferencia, ¿a quién se la hago? ¿él es aún el propietario? ¿hablo con el banco? ¿deposito el dinero en algún juzgado para que conste que yo tengo voluntad de pagar?
Gracias
Hay alguna incongruencia en lo que dice su casero, si no paga la hipoteca, no hay embargo sino ejecución de hipoteca. El desahucio que dice no puede ser dirigido a un tercero de buena fé, el inquilino, el plazo procesal de diez días a partir de 25/10/2010 no acaba el 27.
Dicho esto debe saber que las comunicaciones de estas graves circunstancias por telefono carecen de eficacia, por lo tanto tiene dos opciones principales:
a) No darse por enterada y aguardar una notificación formal, cumpliendo entre tanto sus obligaciones como inauilina.
b) Indagar en el Juzgado o en el Banco la realidad de la situación