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¿Alguien utilizó acta notarial para dejar constancia en las condiciones q se entrega la vivienda y en la que se recoge después del alquiler?
Es útil, es caro?
Perdona, se me ha olvidado contestarte a lo del final del alquiler.
Esto es un poco más complejo porque si no dejas constancia de algo ese día, es muy difícil que lo puedas reclamar luego. Pero el notario, según tengo entendido, sólo da fe de lo que alli pasa. No te va a decir: "oye, que se te olvida mirar o reclamar esto".
Ese día deberéis firmar un documento de fin de contrato, donde los inquilinos renuncian a los derechos del piso y tu a reclamarles futuros alquileres o cosas (desperfectos, gastos pendientes) que en dicho documento no aparezcan.
Si por ejemplo quieres probar la lavadora antes de decir que esta bien, también lo debes poner en ese documento.
Si todos actuan de buena fe, no debería pasar nada malo. Pero si el piso te lo devuelven en muy malas condiciones, sí es conveniente que este día hagas fotos también, para que puedas arreglarlo y alquilarlo de nuevo, independientemente de que inicies proceso judicial por dichos desperfectos.
Sinceramente no creo que haga falta.
Normalmente se añade al contrato un inventario del piso, con todo lo que hay en el piso y fotos de todas las habitaciones y muebles. Tanto el inventario como las fotos deben ser firmadas por las dos partes para que quede constancia las condiciones en las que se entrega el piso.
No tengo experiencia en este tipo de documentos, por lo que sólo te dejaré mi opinión personal a la espera de que algún profesional te responda con exactitud.
Al entregar la vivienda el contrato suele mencionar que se recibe en buenas condiciones y perfecto estado de habitabilidad, por lo que al firmarlo los arrendatarios confirman este punto. Todos los desperfectos o averías que surjan a partir de ese momento se considerarán por ello posteriores a la entrega del inmueble.
En cuanto a la recepción de la vivienda al finalizar el arrendamiento, puede hacerse un documento privado (en la página de Amparo BB tienes una estupenda plantilla) en el que tras revisar el inmueble se hagan constar los desperfectos, los recibos pendientes y otros conceptos y sea firmado por ambas partes. Claro, que entiendo que tu pregunta se refiere a los casos en que los inquilinos no se avengan a firmar dicho documento de mutuo acuerdo, por lo que en este último supuesto no me atrevo a opinar.