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Soy arrendador y quiero saber si además del mes de fianza establecido por la ley, el cual ingresaré en el IVIMA, puedo pedir un mes más como garantía y mantenerlo en mi cuenta hasta el final del arrendamiento, o tengo que ingresar los dos meses en el IVIMA. Gracias.
Paolo,el inquilino no conocerá al casero,para fiarse,pero se debe tener en cuenta que en sus manos "queda"una vivienda de mucho dinero ¿y en las manos del casero?
Opino que no es cuestión de confianzas,es cuestión de hacer negocios de forma segura y con cabeza
Gracias a todos por las respuestas. Yo también creo que es lo mínimo que se debe pedir, ya que no le estoy pidiendo aval bancario. En todo caso si no le parece bien ya conversaremos, pero de inicio creo que es lo mínimo. A mi se me acaban de ir unos inquilinos "solventes y majos" y no quiero contar lo mal que se han portado al final. Saludos
A veces aunque sea casero hay que ponerse en la piel de un inquilino que, cumplidor, anda justito y entrar en esas condiciones le es imposible. Solo digo lo que hay, cada cual que arriende con las garantias que le parezca, claro.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
como contrapunto, tenga en cuenta que el inquilno no le conoce tampoco; y si es solvente puede no estar dispuesto a depositar una cantidad grande confiando en que se la devuelva.
El aval bancario es una solución buena; pero con coste.
De acuerdo con las contestaciones ,aunque con la 2ª parte de Pedro....no estoy de acuerdo ya que precísamente por cómo están las cosas,es cuantas más garantías se deben pedir .Tu como casero debes pensar que ese inquilino que parece muy majo y solvente,dentro de dos meses no te paga porque no puede o se ha quedado en el paro ,debes esperar a demandarle con abogado + procurador + las nuevas costas + de 7-9 meses que el juez te devuelva la vivienda y rezar para que no sea insolvente. ¿merece la pena alquilar,con esos riesgos? Yo tengo CLARO que no
yo que quereis que os diga; el inquilino que no acepta un deposito de un par de meses (aparte de la fianza) o un aval, mal rollo.
Creo que lo que pides es lo minimisimo. Efectivametne como indica Pedro puede dejarlo en tu cuenta; pero deberás devolverlo a la entrega de llaves; no es como la fianza que se devuelve a los 30 dias.
Pablo.
Puedes hacerlo y no hay que ingresarlo. Aunque tal y como estan las cosas, aunque ganes en seguridad, eso te elimina a un 50 % de posibles inquilinos.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es