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Como les comente en la pregunta el contrato originario data, concretamente del 1 de noviembre de 1994, de ahí en adelante, sino recuerdo mal se han producido sucesivos traspasos llegando hasta el actual, en este último como en los anteriores únicamente cmabian las estipulaciones relativas a la renta y a la duración del nuevo contrato, quedando en lo demás cada uno de ellos referido al anterior con lo que, supongo, todos tendrán como contrato de referencia al primero (1994), y en este no se hace mención expresa a que tenga que ser el propietario quien corra con estos gastos, máxime cuando la única clausula que tiene relación con estos temas cita literlamente "Los servicios de agua, electricidad, etc, se contrataran a nombre y por cuenta del arrendatario", insisito ni el contrato originario ni los sucesivos hacen mención alguna a estos temas, excepto la estipulación antes mencionada.
Agradezco de antemano sus respuestas, me están sirviendo de mucho
Por lo tanto los gastos del cambio de potencia, los tendrá que pagar el arrendatario, siquiere cambiarla, y si no que la deja como está.
Misma respuesta que le di la primera vez que hizo la pregunta.