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¿Puedo entrar en la vivienda?
De acuerdo con Pholmo, es lo que he hecho.
Un saludo a Todos
Mas vale que le ponga un comunicado, da igual el formato lo importente es que lo reciban, diciéndoles que le contrato sigue vigente y devengando alquileres.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Dándole toda la razón a Crazyh, usted es el que debe plantearse si le vale la pena correr el riesgo.
Hay mucho hijo de p......... suelto.
Intente comunicarse con ellos para que le firmen el fin de arrendamiento, a lo mejor enviandoselo por e-mail, poniendo en el que no les va a reclamar nada, se lo devulven scaneado y firmado.
Para finalizar el arrendamiento es necesario firmar un documento de finalización de contrato.
Legalmente no puede entrar en la vivienda, pues el contrato sigue vigente y podría ser un delito de allanamiento de morada.
Hace dos días que pregunto casi lo mismo, y las respuestas que se le dieron siguen siendo válidas, y seguirán siendo válidas dentro de dos dias si vuelve a preguntar algo parecido.
Para pedir la rescinsión del contrato deberá acudir a un juez o llegar a un acuerdo con sus inquilinos.