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Tengo el contrato por un año, después del año me dijo que no había que hacer nada que ese mismo contrato servia para años posteriores, en feb 2015 hago los 3 años, y el 17 de Dic de 2014 se lo informe para irme el 17 de enero de 2105, le dije que le pagaba los 17 días y me dijo que tenia que pagarle el mes entero, esto es correcto? Y debo pagar alguna indemnizacion a parte? Gracias.
Debes pagar hasta el dia del cumpleaños del contrato, con lo cual, si solo te pide el mes de Enero sales ganando.
Una cosita más, no olvides firmar el contrato de fin de arrendamiento cuando desalojes la vivienda, indicando en dicho contrato los desperfectos, incidencias y contadores de suministros.
Coincido con Piscis, su contrato no puede ser resuelto hasta cumplir una anualidad completa.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
El contrato vence en Febrero de 2015, el día del cumpleaños y hasta dicha fecha el arrendador te puede exigir que pagues, pero si se conforma con menos, no le discutas que te cobre solamente todo Enero/15