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Inma pp.oo.

casero/a

¿Estoy obligada a pagar su luz y agua si después ella no me lo abona?

Me cuesta mucho todos los meses que me paguen, siempre me dejan a deber dinero, la luz y el agua es casi emposible. no sé qué hacer, me dicen que es mi obligación pagarla.

  • Preguntado por: Inma pp.oo.
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Mejor es figurar en el contrato  que  los suministros  estén  a nombre  del titular  del contrato y no  a nombre del arrendador  volviendo  a hacer el cambio de titular  cuando  acabe el contrato, sino  el importe se le deduciría de la fianza.  Al menos  podrá   elegir el pago del importe menor,  si la deuda del inquilino a su nombre o, si ésta  fuera mayor ( y no lo hiciera el  inquilino a la rescisión), hacer el cambio titular  a  su   nombre  por no ser las deudas del inquilino  problema suyo. saludos,  

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Otra opción es ANULAR las domiciliaciones bancarias y dar instrucciones a las compañías de que envíen los recibos al cobro al domicilio arrendado.

     

    Simultáneamente, avisas fehacientemente de este hecho (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) a los inquilinos.

     

    Si dejaran de pagar, serían las compañías y no tú, quienes les cortarían el suministro.

     

    Hay una respuesta de JUAN en este foro que dice así:

    empieza

    El arrendatario que deja de pagar los suministros de luz y agua no puede exigir al arrendador que los siga pagando.

    termina

    Fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/desahucios/dejar-pagar-luz-agua-piso-alquiler-impago_8103.html

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Si no le pagan los suministros, inicie usted los trámites para el desahucio sin mayor demora.

     

    Saludos cordiales.

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si el contrato de suministro figura a su nombre debe pagarla pues si deja que corten el suministro el arrendatario podría denunciarla a usted en el juzgado, le impondrían una multa y que restituyese el suministro. Si no le pagan la opción es reclamar judicialmente el desahucio.

    www.asistencialegal.net

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