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Estaré en Barcelona por un mes (septiembre) me interesa rentar un piso o estudio (solo 1 persona) por ese mes...pero dejar un depósito que sea el doble de una renta mensual si me parece excesivo....es necesario hacer esto? y en caso de dejar ese depósito....cuándo se me regresaría?
Ah, en cambio el art. 36 (punto 1) si menciona "literalmente" lo de los 2 meses de fianza.
Que conste que a mi también me parece una exageración... pero es la LAU.
Saludos - Papeleos Alquiler
para un mes se paga por adelantado y con un mes de fianza me parece más que suficiente.
Respecto a devolverte la fianza la ley dice, literalmente, que la han de devolver en el mismo instante en que tu les das la llaves.
Dos mensualidades es lo que dice la LAU para arrendamientos por temporada.
Para alquilar por temporada, si es solo un mes probablemente tendrás que alquilar a una empresa, (como cuando vas a la playa y alquilas un apartamento) y normalmente, te devuelven la fianza cuando te vas.
Saludos - Papeleos Alquiler