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querria saber si hay un tiempo minimo por ley o es lo se pacte en el contrato
Si solo preguntas eso intuyo que tienes muy claras las cuestiones juridicas que entraña un contrato de este tipo, tales como el devengo de impuestos, el ejercicio de la opcion, las deducciones de los pagos realizados y su naturaleza juridica, las consecuencias de un posible incumplimiento de cualquiera de las partes...
Pedro Martinez
Abogado
Hola Jose Luis:
Coincido con la respuesta del sr Oscar. Le sugiero que el abogado/a sea especialista en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola,
No hay un plazo por ley, es lo que se pacte en la firma del contrato.
Ahora bien, si no ejecutas la compra, y es un contrato de alquiler opción compra de vivienda habitual, si que puedes prorrogar hasta los cinco años de alquiler.
Vamos que son dos contratos independientes, el de compra que las condiciones se pactan a la hora de la firma, y el de alquiler que se rige por la lau.
Sería bueno que antes de firmar consultarás con un profesional, estos contratos suelen traer problemas a la larga, vale la pena tenerlo todo claro desde el principio.
Saludos
Oscar