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En un contrato de alquiler con opcion a compra que viene recogido literalmente que el arrendador concede a favor de los arrendatarios un derecho de opcion a compra gratuita y en el cual se hace una entrega a la firma, de una cantidad de dinero que viene expresamente como FIANZA, es lo mismo prima de la opcion que fianza?? En dicho contrato hay una claupsula de penalizacion de una mensualidad por incumplimiento de contrato pero no dice nada de perder la cantidad entregada en concepto de fianza, por otro lado cuando es un alquiler con opcion a compra GRATUITA no significa que no hay prima? Y la entrega que hicimos como FIANZA no estan obligados a devolvernosla descontando la penalizacion antes mencionada si el piso esta en perfectas condiciones?? muchas gracias
El arrendamiento con opción de compra reviste la suficiente complejidad para desaconsejar el uso de un modelo de 'copia y pega' sacado de INTERNET, en realidad se trata de un contrato que integra dos subcontratos: El arrendamiento del inmueble y la opción de compra sobre el mismo.
La fianza se refiere al arrendamiento y nada tiene que ver con la prima o precio de la opción, si la opción es gratuita no cabe duda de que no pueden cobrarle prima o precio por ella.
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