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flora

casero/a

LEASING BACK
Varias son las dudas en relacion a distintos aspectos que mas tienen que ver con el uso,la practica,que con lo previsto en el plano teorico... 1.La opcion de compra en el contrato de arrendamiento... 2.La rescision anticipada del contrato de arrendamiento... 3.Una comparativa de precios de venta y arrendamiento,respectivamente,respecto a los de otras formulas convencionales...
Un saludito...
  • Preguntado por: flora
  • Hace 9 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    El sale and lease back (literalmente, venta y alquiler de vuelta) es una operación compleja formada por tres negocios jurídicos complementarios y vinculados entre sí:
    a) Una compraventa, por la cual el propietario vende el inmueble a la entidad que corresponda, a cambio de un precio determinado.
    b) Un arrendamiento, por el cual el vendedor vuelve a alquilar el inmueble, a cambio de una renta.
    c) Una opción de compra a favor del vendedor, para que pueda recomprar el inmueble.

    Esta operación se hace normalmente en el seno de la búsqueda de financiación, puesto que si está bien articulada (como un arrendamiento operativo y no como un mero arrendamiento financiero, con las implicaciones jurídicas y contables que tiene), permite sacar del balance de la sociedad el activo a cambio de un ingreso extraordinario por su venta, así como garantizarse el uso mediante el arrendamiento, sin que compute como deuda (cosa que sí harían el leasing o la financiación hipotecaria), con la consiguiente mejora de ratios financieros.

    Si tiene cualquier duda, póngase en contacto con nosotros.

    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Flore aunque no plantea cuales son sus dudas me atrevo a intentar aclararle conceptos:
    1.- Arrendamiento con opción de compra es
    un contrato que integra dos subcontratos: El arrendamiento del inmueble y la opción de compra sobre el mismo.
    En cuanto al arrendamiento no ofrece mayores dificultades puesto que contendrá las cláusulas habituales y aquellas otras que las partes acuerden entre si, p. ej. La aplicación de las rentas pagadas en todo o en parte al precio de compra, en caso de ejercitarse la opción.
    En cuanto a la opción de compra cabe destacar, que no existe regulación legal de la misma por lo que la Jurisprudencia ha determinado sus requisitos:

    Ha de existir un convenio expreso entre las partes en el que, con toda claridad y de acuerdo con lo preceptuado por el art. 1261 Código Civil , aparezca el concurso de voluntades entre quienes lo suscriben respecto de esa opción de compra.
    Debe hacerse constar el plazo para el ejercicio de la opción,
    Asimismo debe constar el precio por el que se puede ejercer la opción, es requisito fundamental que sea determinado o determinable. Sin embargo la opción en si puede ser gratuita o también por precio, prima de la opción .
    2.- La rescisión o desistimento anticipado de un contrato de arrendamiento de vivenda conforme a la LAU hoy es posible para el inquilino a los seis meses de vigencia.
    3.- Para hacer esa comparativa que solicita se necesitarían los datos o conceptos a comparar.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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