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Hola, estoy en un piso de Protección Oficial Privada, en régimen de alquiler con opción a compra a 5 años.
En el momento de la firma del contrato la constructora nos hizo una factura del ejercicio de la opcion de compra, en la que solamente tuvimos que abonar el IVA (nos lo descontaría del precio de la compra a los 5 años), nos lo motivo diciendo, que al pagar este IVA por adelantado, en el alquiler no teníamos que pagar IVA, de hecho las facturas van al 0%. El 50% del alquiler se destina a la compra según la Ley que regula estas vivendas, en el contrato no pone nada, si que hace referencia al expediente de las viviendas. Mis preguntas son
* ¿Es cierto y legal que al pagar el IVA por adelantado el alquiler esta exento?
* Si no ejercito la opción de compra, me tienen que devolver el IVA pagado y la parte del alquiler destinada a la compra?
Muchas gracias.
Es un tema recurrente el contrato de arrendamiento con opción de compra es complejo y atípico en el que no conviene "ponerse en manos" del arrendador oferente.
Como bien dice javier santander el arrendamiento de vivienda está exento de IVA y si ha pagado IVA por la opción de compra, debo intuir que se trata de una opción con precio o prima, si no ejercita la opción no solo no le van a devolver el IVA sino tampoco la prima o precio de la opción, si la ejercita, tampoco, además tendrá que pagar el IVA del resto del precio aplazado.
Lo siento.
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el alquiler para vivienda siempre está exento de IVA.
en el caso de alquileres con opcion a compra no te se decir.