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Virginia79

inquilino/a

No se si es correcto la opción a compra ya que el inmueble lo saca a la venta con 137mil sin especificar si incluye iva.
  1. Necesito ayuda, voy a alquilar con opcion a compra, he ofrecido 500€/mes de renta y precio de compra 137mil€, los propietarios han aceptado, mi duda ahora es…si al año no quiero comprar y decido seguir de alquiler, me pueden obligar a pagar dinero a la firma del contrato para ejercer la opcion a compra? porque preferiria pagarlo al año una vez q yo tenga claro que si que quiero comprarlo, podria solo descontarse los meses de alquiler que vaya pagando ya sea 100% o 80% a partir del segundo año, sin tener que abonar nada de entrada?, yo vivo en Canarias por lo que  hay IGIC, alguien sabe a cuanto asciende el pocentaje de IGIC por compra de viviendas?, Otra cosa que no me queda clara, dice q el precio de la vivienda se fija en el momento del contrato pero que sube anualmente segun IPC; yo pensaba q lo q subia era la renta no el precio acordado, porque asi no interesa, se puede poner un precio fijo sin que le afecte ninguna subida anual de ningun tipo? Muchas gracias por la ayuda

  • Preguntado por: Virginia79
  • Hace 9 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No puedo sino coincidir con la respuesta de PHOLMO.
    NO DE UN PASO MAS SIN ESTAR ASESORADA POR UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO INMOBILIARIO.
    En cuanto a la tributación, si está comprando de un particular tendrá que considerar el coste de la compraventa que, entre impuestos y gastos suele ser entre un 10% y un 14% del importe de la compraventa, dependiendo de la CCAA.
    Un saludo,
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Virginia una arrendamiento con opción de compra es un contrato complejo y atípico, eso significa que en realidad son dos contratos, el de arrendamiento que se regula por la ley de arrendamientos urbanos y el de opción de compra que no tiene regulación específica, de ahí su atipicidad.
    En cuanto al arrendamiento vd tendrá dereccho a tres años aún cuando no ejerza la opción de compra.
    En cuanto a la opción cualquiera de las cláusulas que describe es legal y obligatoria para vd si las firma por lo que la mejor recomendación es que, antes de firmar, pida el borrador y sométalo al criterio de un abogado de su confianza, luego no hay 'replay'
    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) 
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Antes de la firma todo se puede negociar, después ya es tarde, te conviene acudir a un abogado especializado en arrendamientos urbanos para que negocio en beneficio tuyo las condiciones del contrato. 
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