Si, tiene que depositar la fianza de igual modo, puesto que se trata de dos relaciones jurídicas distintas: el arrendamiento normal, conforme a LAU y la opción de compra.
Se trata de un contrato complejo, por lo que es altamente aconsejable acudir a un abogado especializado para que le asesore sobre sus derechos y obligaciones y se lo redacte de conformidad con sus necesidades. No se fíe de modelos ni contratos estandar, puesto que suelen contener muchos errores, no se adaptan a las circunstancias y pueden no regular lo que Uds. quieren.
Si lo desea, nosotros podemos ayudarle. Mientras tanto, le aconsejo la lectura de estas entradas:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra-ii/ Un saludo,
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