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tipo de contrato, legislación, pros y contras
Como contra ello significa que el arriendo está sujeto a IVA, que debe repercutir en los recibos e ingresar en la AEAT trimestralmente y no puede beneficiarse de las reducciones del aluiler a efectos de IRPF que tiene el arrendamiento de vivienda.
Como ventaja que puede pactar un alquiler anual revisable cada año.