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Buenos días, tengo alquilado mi piso desde junio 2009. ¿Me podrían indicar qué gastos me puedo deducir, y si esto es acumulable a reducción 100% por tener inquilinos menores de 35 años? es decir, ¿si me podrían devolver dinero o por el contrario como máximo sería esa reducción del 100%?
Gracias
Te puedes deducir todos los gastos que te haya ocasionadeo la vivienda durante el periodo que lo hayas tenido en alquiler. Es decir, Ibi, basuras,seguros,y el 3 por ciento del valor catastral del piso descontando el valor del solar, aparte pintura, obras, ect. Pero es una deduccion en los ingresos. Si la reduccion es el 100 por cien, quiere decir que no pagas nada del alquiler, y por lo tanto no pagas ningun impuesto por esa porcion de renta.