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jose

inquilino/a

vivienda habitual
Hola. Resido en un pueblo de Castilla y León, pero en septiembre tengo intención de alquilar un piso en la capital para ir a vivir allí y vender mi vivienda del pueblo. ¿Puedo mantener la deducción por vivienda habitual en mi vivienda del pueblo hasta que la venda? ¿Cuanto tiempo ha de pasar para que la vivienda que alquile pueda considerarse mi vivienda habitual? ¿debo comunicar yo el cambio? Como firmo el contrato en 2015 yo no tendré derecho a deducción, pero el casero ¿puede deducirse algo si no es mi vivienda habitual? Disculpad que haga tantas preguntas, pero estoy un poco perdido en estos temas. Gracias por adelantado
  • Preguntado por: jose
  • Hace 9 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • jose

    inquilino/a

    gracias por la respuesta, me queda claro, pero tengo otra duda. Para que la vivienda de la capital pase a ser mi vivienda habitual es necesario que pasen tres años según Ley, ¿no? Si tardo uno o dos años en vender mi vivienda del pueblo ¿podría seguir deduciendome la hipoteca ese tiempo? Gracias por adelantado
    • Respondido por: jose
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    El año que viene podrás desgravarte tu vivienda de Castilla como vivienda habitual, ya que habrás vivienda en ella la mayoría del tiempo.

    Se considera vivienda habitual cuando vivas la mitad del año + 1 dia en ella.

    El arrendador tiene que declarar los ingresos que perciba por alquilar un inmueble, y se puede desgravar los gastos que le genere el mismo.
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