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La que era mi vivienda habitual ya no lo es (la he alquilado). ahora vivo en la vivienda que tenía mi novia y ya esposa. Como ya no puedo deducirme por mi vivienda como habitual, ¿puedo hacerlo con la de mi mujer, aunque esté a su nombre?
Si contribuye a los pagos de la vivienda en la que actuamente vive y están casados en regimen de gananciales sí puede deducir por esos pagos-
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Hola,
tu vivienda ya no es habitual, si la alquilas, debes declarar ese alquiler (dependiendo de la edad de los inquilinos), y te podrás desgravar los gastos que tengas de ella y pagues tu, hipoteca, contribucín, basura, comunidad (si es el caso), etc....
Si la vivienda de tu mujer la compró de soltera y está a su nombre tu no puedes desgravartela.
Saludos
Oscar