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hiri

casero/a

A raíz de mi boda he dejado mi vivienda para vivir en la de mi mujer. ¿Puedo deducirme de ésta?

La que era mi vivienda habitual ya no lo es (la he alquilado). ahora vivo en la vivienda que tenía mi novia y ya esposa. Como ya no puedo deducirme por mi vivienda como habitual, ¿puedo hacerlo con la de mi mujer, aunque esté a su nombre?

  • Preguntado por: hiri
  • Hace 12 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si contribuye a los pagos de la vivienda en la que actuamente vive y están casados en regimen de gananciales sí puede deducir por esos pagos-

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    tu vivienda ya no es habitual, si la alquilas, debes declarar ese alquiler (dependiendo de la edad de los inquilinos), y te podrás desgravar los gastos que tengas de ella y pagues tu, hipoteca, contribucín, basura, comunidad (si es el caso), etc....

    Si la vivienda de tu mujer la compró de soltera y está a su nombre tu no puedes desgravartela.

    Saludos

    Oscar

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