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Tengo entendido que dentro de los gastos deducibles por el propietario que alquila un inmueble pueden incluirse los gastos por reparación que afectan a dicho inmueble. Pero qué pasa con los gastos que afectan a toda la Comunidad de Vecinos por tratarse de reparaciones de zonas comunitarias (en mi caso, reparación de grietas en el tejado y la fachada del edificio). ¿Puedo deducirmelos igualmente en el porcentaje comunitario que me corresponde? (6% en mi caso, por ejemplo)
Esos gastos en definitiva son gastos de Comunidad extraordinarios que esta obligado a pagar y por tanto son deducibles de los alquileres que perciba a efectos del IRPF
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).