Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En el contrato de alquiler figura la renta mensual, pero si arrendador y arrendatario se ponen de acuerdo (por la crisis), ¿podría modificarse esa cantidad y rebajarla? ¿Habría que añadir algún anexo al contrato que reflejara esa modificación? ¿Cómo se declara esa reducción del alquiler en la correspondiente declaración de la renta del arrendador?
¡Hola! Soy Gaviota63
Muchas gracias a todos los que me han respondido. Las respuestas han sido de gran ayuda
con un anexo es suficiente, bien puede hacerlo de rebaja, o bien puede hacer un abono de X meses.
Hola Gaviota:
Deben realizar un anexo al contrato donde conste la nueva renta, el plazo de vigencia de la misma y cómo afectará a la actualización de la renta.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Yo he rebajado el alquiler y simplemente he acectado los nuevos ingresos sin más protocolos,pero hay que tener en cuenta ,que al inquilino le interesa ,tenerlo por escrito para que no se le pueda reclamar como impago o descontar
Obviamente, el contrato es una base de acuerdo, pero puede ser modificado como se estime oportuno (siempre que no contratiga la Ley), cuando hay acuerdo entre ambas partes.
Se puede rehacer el contrato, se le puede añadir un anexo, o se puede hacer un nuevo contrato con una única cláusula donde figure la nueva cuota.
En la renta no ha de declarar lo que pone en el contrato, sino los ingresos reales. Compute usted dichos ingresos.
Saludos cordiales.