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DAFASA

casero/a

RETENCION FACTURAS ALQUILER LOCAL ENTRE PARTICULARES
Tengo un local alquilado, que facturo que con su IVA y Retención por IRPF correspondiente. Y que declaro en mi IRPF como Rendim del Capital Inmobiliario. Tengo un nuevo inquilino, que ya ha alquilado el local, pero no comienza su actividad hasta Enero, y me ha pedido que le facture sin Retención hasta Enero ¿puedo hacerlo?  Es persona física y me dice que hasta que no dé de alta su actividad no puede ingresar trimestralmente sus retenciones en hacienda. Gracias
  • Preguntado por: DAFASA
  • Hace 9 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Dafasa:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    DAFASA la retención de IRPF no la hace vd., es algo que le practica su inquilino sobre el alquiler que le paga, por lo tanto si él le manifiesta que no está obligado a retener, pues vd tranquilo, ahora bien esa manifestación no debe hacerse por teléfono ni de viva voz.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si.
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