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Si solo alquilase la habitación simplemente declararlo en la declaración de la Renta. Al ofrecer servicios de desayuno (solo se ofrecerá ese servicio) debería ya darme de alta en la seguridad social como autonomo? debería de pagar IAE. Alguna licencia general de ocupación, pequeña restauración o bebidas!?
Muchas gracias
Tanto si alquila una habitación soalmente, como si presta servicios de hosteleria debe declarar los beneficios en IRPF, será distinto según estén o no sujetos a IVA, para determinar eso habría que explicar con mas precisioón lo que prtende hacer.
De momento le recomiendo la lectura del DECALOGO DEL CASERO
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