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fj23

casero/a

Soy propietario de un piso, y vivo con 2 compañeros a los que alquilo el resto de habitaciones. Tengo una duda sobre hacienda

Soy estudiante sin ingresos, nunca he realizado la declaracion. Soy propietario de un piso, cuya hipoteca está a mi nombre, logicamente es un regalo que mi padre me está haciendo.  Vivo en el con 2 compañeros a los que alquilo las otras habitaciones, pero ahora no se si estoy exento de la declaración.  Uno de ellos necesita entregar el contrato para demostrar que vive ahi, para temas de movilidad geografica en la declaración.  Si lo entrega, YO podría tener problemas? muchas gracias

  • Preguntado por: fj23
  • Hace 13 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (9)
Domus ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No corras tanto. 4 años a contar desde el ultimo dia habil para declarar en periodo voluntario el impuesto. Es decir, que cada vez que te hace un ingreso, la administracion autonomica tiene 4 años y 30 dias habiles para requerirte. Nada que ver con la antiguedad de la casa.

    Si fuese asi no te habria indicado que recurrieses a un profesional..

    Pedro Martinez

     ABOGADO

    5001@icagr.es

  • fj23

    casero/a

    Gracias por responder tan rápido, he estado buscando información, y he encontrado algo sobre la prescripción del impuesto:

    "La Comunidad Autónoma correspondiente dispondrá de un plazo de 4 años para exigir el pago del impuesto; transcurrido el mismo se entenderá que ha prescrito y por tanto no será exigible"

    En mi caso, el piso tiene una antiguedad de mas de 7 años, por lo tanto ya no me exigirian el impuesto no?

    Gracias.

    • Respondido por: fj23
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esas transferencias en definitiva son donaciones, pueden ser hecho imponible del Impuesto sobre donaciones.

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • fj23

    casero/a

    Muchas gracias por la respuesta.  En cuanto a la donación o ganancia patrimonial injustificada, supongo que valdría como justificable para afrontar el pago de la hipoteca, los movimientos reflejados en cuenta de una transfencia periódica de cierta cantidad de dinero desde la cuenta de mi padre a mi cuenta bancaria no?

    gracias de nuevo, un saludo

    • Respondido por: fj23
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Eso que llamas regalo, mucho me temo que Hacienda lo llama donación o ganancia patrimonial injustificada. Si no puedes justificar los ingresos con los que haces frente al pago de la hipoteca, la AEAT mas temprano que tarde acabara requiriendote. Cuidado porque esos ingresos no justificados estan sometidos a una tributacion muy alta, ya que son incluidos directamente en la base liquidable, no en la imponible. Regulariza esas situacion con un profesional.

    Por obtencion de RCI solo estas exento de declarar si obtienes ingresos por debajo de 1.000 € anuales.

    Pedro Martinez

     ABOGADO

    5001@icagr.es

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para determinar la obligación de declarar puede leer esto

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    El mínimo exento anda en torno a los 5. 000 euros anuales, así que no llegas. Pero asegúrate llamando al teléfono de información de la aeat

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • fj23

    casero/a

    Muchas gracias por contestar.  La verdad que con temas fiscales me hago un lio, he estado buscando esos ingresos mínimos que me comenta, pero no doy con ellos.  Al compañero que tiene que presentar el contrato le cobro 130 euros mensuales, durante 10 meses de duración.  Al otro compañero no le cobro nada, porque es mi amigo.  Con esa cantidad, YO estaría exento de realizar la declaración? Muchas gracias de nuevo

    • Respondido por: fj23
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    La obligación de declarar el impuesto del IRPF comienza a partir de una cantidad mínima de ingresos. Infórmate en la AEAT, incluso en la página web tandrás esa información, porque es muy posible que tus ingresos por alquiler no alcancen ese mínimo. En todo caso, si lo alcanzan, no es ningún problema declarar, porque con tan escasos ingresos no tendrías que pagar.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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