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eduardo

inquilino/a

Piso segregado y alquilado ilegalmente. ¿Puedo denunciarlo?

Una persona compra un piso de 250 metros, lo divide ilegalmente al medio,y alquila la parte exterior y la interior,ya que tiene dos entradas,por el exterior e interior, la parte interior la alquila como pensión ni siquiera tiene telefonillo, ni medidor de luz,les cobran a ojo,según el medidor de todo el piso, sin pagar hacienda, realmente patético,y el dueño es abogado,dónde denunciarlo? tambien tiene alquilada la parte exterior,muchas gracias.

  • Preguntado por: eduardo
  • Hace 8 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (11)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Amparo, puede haber ilegalidad urbanística aunque no la haya civil. Son cosas independientes. 
    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Incluso no tiene ni que existir segregación.
    Para venta si
    Pero para alquiler... uno puede alquilar PARTE de su vivienda, como el que alquila habitaciones...
    No hay ilegalidad en ello
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Estimado Luis,
    Ha obtenido respuesta, aunque no de manera clara. Lo que ha arrendado es parte de una vivienda, aunque se le haya arrendado como vivienda individual.

    Desde un punto de vista civil, como señalaba Amparo, no hay ningún problema y el arrendatario viene obligado a cumplir íntegramente el contrato en los términos acordados.

    La cuestión es, como he señalado yo, que puede denunciar la infracción urbanística, por lo que habrá que estar a lo que diga el planeamiento general. Si realmente es una segregación ilegal (a mi entender lo parece), y no han pasado los plazos de prescripción, el ayuntamiento podrá imponer una sanción y proceder al precinto de la vivienda, aunque me extrañaría que lo hiciera.

    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Luis Hernan

    casero/a

     Si te hubieses ahorrado "dueño es abogado" habrías obtenido repuestas. Solo has obtenido objeciones. Chocaste con el corporativismo.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Los notarios nunca se preocupan de la legalidad urbanística, ya que su control de la legalidad es estrictamente civil. Puedes comprar una vivienda totalmente fuera de ordenación ante notario y te aseguro que no te dirá nada de nada.

    Si algún día das de baja los suministros, te la pedirán para poder darlos de alta nuevamente.

    Un saludo,
    www.deSalvador.es
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  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pelayo, te aseguro que en Madrid, esa cédula no se pide a nadie... Hace 2 años compré un piso de 80 años, y el notario no dijo nada de esa cédula, mis padres acaban de vender un piso de 40 años, y el notario (otro) tampoco ha mencionado ese papel...  y muchos más casos podría comentarte...  
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Amparo, la cédula de habitabilidad no es un "impuesto encubierto", existe en todas las CCAA. 

    Por ponerte un ejemplo cercano, en la Comunidad de Madrid existe para las edificaciones antiguas. Las nuevas tienen que tener "Licencia de Primera Ocupación", que es el documento que las sustituye. Una vez caducada la licencia, es cuando es necesario solicitar la cédula de habitabilidad. En Madrid tiene una vigencia de 15 años, aunque en otras comunidades tiene menos vigencia (en Baleares, 10). Es un requisito tenerla en vigor, aunque normalmente la gente solo se preocupa en el momento de comprar o vender una vivienda, o si se han dado de baja los suministros por cualquier motivo

    Sé que no tiene cédula de habitabilidad porque no puede haber obtenido licencia para crear una vivienda nueva sin individualizar los circuitos de agua y luz. suministros, así de sencillo. Bien por limitaciones urbanísticas (la densidad de viviendas suele estas limitada por los parámetros urbanísticos) o bien simplemente para ahorrar costes. 

    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario 
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Además esa "cédula" es cosa de algunas comunidades autónomas...  
    En otras, afortunadamente, no sabemos qué es eso. Digo "afortunadamente" porque es algo que me suena a "impuesto encubierto"... como el certificado energético vamos...
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pelayo ¿Por qué sabes que no tiene cédula de habitabilidad?
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Amparo, me parece que el supuesto es que ha arrendado como vivienda "autónoma" algo que urbanísticamente no lo es, ya que no tiene su propia cédula de habitabilidad.
    Un saludo,
    www.deSalvador.es
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  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Alquilar como "pensión" es una cosa, y alquilar "habitaciones" en casa, otra.
    Ninguna de las actividades es ilegal. 
    En los alquileres parciales (habitaciones) es normal no tener un contador para cada inquilino sino compartir las facturas de las compañías suministradoras.
    En cuanto a si ese señor declara o no  a Hacienda   los ingresos que perciba , no entiendo cómo puede usted saberlo.. 
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