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Buenos días,
Tengo un piso en alquiler turístico. Tengo dos preguntas:
1.- ¿Si los recibos de comunidad llevan IVA ya que los cobros de todas las empresas que trabajan para esta (limpieza, jardines, piscina...) lo cobran, porque no me lo puedo desgravar del IVA que yo pago por mis alquileres?
2.- En el IRPF, ¿Que me puedo desgravar (Hipoteca, muebles, luz, agua, comunidad, contrato de mantenimiento....)?
Puedes deducir la hipoteca de tu vivienda habitual.
De la alquilada, los gastos que tu pagues, I.B.I., tasas por basuras, etc., comunidad, y resto de gastos de los que te hagas cargo.
1.- El IVA es un impuesto que permite deducir el soportado del repercutido, siempre que se cumplan las condiciones que señala su normativa específica y es aconsejable llevar una contabilidad simplificada -ingresos menos gastos- y desde luego conservar las facturas deducidas como IVA soportado.
2.- Puede deducir todos los gastos necesarios para la obtención de los alquileres. En la hipoteca solo pued ededucir los intereses del préstamo hipotecario.